Cláusulas del Contrato de Alquiler
Este documento tiene carácter orientativo y está destinado a facilitar la elaboración de un contrato de alquiler de vivienda sencillo y adaptable. No sustituye la asesoría legal profesional, por lo que se recomienda consultar con un experto en derecho inmobiliario antes de su utilización. La responsabilidad por el correcto uso, interpretación y adaptación de este modelo recae exclusivamente en quien lo emplea, desconociendo cualquier eventual error o omisión que pudiera surgir.
Este es un ejemplo ilustrativo para un Contrato de Alquiler de Vivienda Simple. Modifique el texto según sus datos específicos y requisitos legales aplicables.
Contrato de Alquiler de Vivienda Simple
Partes contratantes:
Arrendador: Juan García Pérez
DNI: 12345678A
Domicilio: Calle Mayor 45, 28001 Madrid
Arrendatario: María López Gómez
DNI: 87654321B
Domicilio: Calle Luna 12, 28002 Madrid
Descripción de la vivienda:
Dirección: Calle Mayor 45, Madrid
Número de vivienda: 3B
Superficie: 90 m²
Características: Apartamento de 3 habitaciones, 2 baños, cocina equipada y salón.
Duración y finalidad del contrato:
La duración del presente contrato será de 12 meses, comenzando desde el 1 de junio de 2024 hasta el 31 de mayo de 2025. La vivienda se destinará exclusivamente a uso de vivienda habitual del arrendatario.
Renta y forma de pago:
La renta mensual será de 700 EUR, pagaderos por adelantado dentro de los primeros cinco días de cada mes mediante transferencia bancaria a la cuenta del arrendador. La primera mensualidad se abonará en el acto de firma.
Fianza y garantías:
El arrendatario entregará una fianza de 700 EUR, equivalente a una mensualidad, que será depositada en el organismo competente según la legislación vigente. La fianza se devolverá tras la finalización del contrato, descontando posibles daños o deudas pendientes.
Renovación y finalización:
El contrato podrá renovarse por acuerdo de ambas partes. La finalización anticipada requerirá preaviso de 30 días por escrito, y en caso de incumplimiento, se aplicarán las penalizaciones establecidas por la ley.
Obligaciones de las partes:
- El arrendador garantiza la habitabilidad y el buen estado de la vivienda.
- El arrendatario se compromete a mantener la vivienda en buenas condiciones y a devolverla en el mismo estado al finalizar el contrato, salvo el deterioro por uso normal.
- Ambas partes cumplen con la normativa vigente en materia de alquileres.
Cláusulas adicionales:
Cualquier modificación a este contrato deberá hacerse por escrito y con consentimiento de ambas partes. Queda expresamente prohibido subarrendar o ceder la vivienda sin autorización previa del arrendador.
Legislación y jurisdicción:
Este contrato se rige por la legislación aplicada en materia de arrendamientos urbanos. Para cualquier conflicto, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid.
Madrid, a 15 de mayo de 2024
Firma del Arrendador
Firma del Arrendatario
