Modelo Contrato Alquiler Herencia Yacente

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Actualizado para 2025 / 2026


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Este es solo un ejemplo orientativo. Adapte la redacción a su situación y a los requisitos legales aplicables.

Modelo de Contrato de Alquiler en Herencia Yacente

Partes contratantes:

Arrendador/a: Don/Doña Juan Pérez
DNI/NIE: 12345678A
Domicilio: Calle Mayor, 10, 28001 Madrid

Arrendatario/a: Doña María Gómez
DNI/NIE: 87654321B
Domicilio: Calle Luna, 15, 28002 Madrid

Objeto del contrato:

El arrendador concede en alquiler a la arrendataria la vivienda ubicada en Calle Mayor, 10, Madrid, con referencia catastral XXXXXXXXXX, destinada a uso de vivienda particular.

Duración y prórroga:

La duración del presente contrato será de un año, comenzando el día 1 de mayo de 2024 y finalizando el 30 de abril de 2025. El contrato podrá prorrogarse automáticamente por periodos anuales, salvo aviso en contra con al menos treinta días de antelación.

Renta y condiciones de pago:

La renta mensual será de 600 EUR, pagadera por adelantado dentro de los primeros cinco días de cada mes mediante transferencia bancaria a la cuenta del arrendador. La primera renta se abonará en la firma del presente contrato.

Fianza:

El arrendatario entregará en el acto una fianza equivalente a un mes de renta, depositada en el organismo competente conforme a la ley, que será devuelta al finalizar el contrato, descontados los posibles daños o deudas.

Uso y conservación:

La vivienda se destinará exclusivamente a vivienda habitual del arrendatario, quien se obliga a mantenerla en buen estado y a devolverla en las mismas condiciones al terminar el contrato, salvo el deterioro por el uso normal.

Cargas y cargas:

El arrendador declara que la vivienda se encuentra libre de cargas, gravámenes o deudas pendientes, salvo las que queden reflejadas en este contrato.

Declaraciones de las partes:

  • El arrendador declara ser legítimo propietario del inmueble y estar autorizado para alquilarlo.
  • El arrendatario manifiesta tener conocimiento de las condiciones de la vivienda y su estado.
  • Ambas partes acuerdan respetar la normativa vigente y las obligaciones que de este contrato surgen.

Condiciones resolutorias:

El contrato podrá resolverse por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones aquí pactadas, previa notificación formal.

Legislación y jurisdicción:

Este contrato se interpretará conforme a la legislación española. Para cualquier controversia, las partes se someten a los juzgados de Madrid, con renuncia a cualquier otro fuero.

Firmado en Madrid, a 27 de abril de 2024.

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Firma del Arrendador
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Firma del Arrendatario