Aviso de Condiciones
Esta propuesta se presenta únicamente con fines informativos y no sustituye asesoramiento legal especializado. Se recomienda consultar a un profesional en derecho inmobiliario antes de formalizar cualquier acuerdo. El uso de esta información es de responsabilidad exclusiva del usuario, y no nos hacemos responsables por errores, interpretaciones o consecuencias derivadas de su utilización sin la supervisión adecuada.
Este documento es solo un ejemplo de una propuesta de alquiler de inmueble. Modifique el contenido según sus necesidades y la normativa vigente.
Propuesta De Alquiler De Inmueble
Partes involucradas:
Arrendador/a: Juan Pérez
DNI: 12345678A
Domicilio: Calle Mayor, 10, 28001, Madrid
Arrendatario/a: María López
DNI: 87654321B
Domicilio: Calle Fuentes, 20, 28002, Madrid
Descripción del inmueble objeto del alquiler:
Dirección: Calle Mayor, 10, Madrid
Tipo: Oficina
Superficie: 100 m²
Características adicionales: luminosa, con aire acondicionado y acceso a internet.
Condiciones del alquiler:
Periodo de alquiler: desde el 1 de mayo de 2023 hasta el 30 de abril de 2024.
Precio mensual: 1.200 EUR, pagaderos por adelantado antes del día 5 de cada mes.
Depósito de garantía: equivalente a un mes de alquiler, es decir, 1.200 EUR, que será devuelto al finalizar el contrato, previa inspección del estado del inmueble.
Condiciones de uso:
El inmueble se destinará exclusivamente a uso de oficina y no podrá ser destinado a actividades ilícitas o que puedan causar molestias a los vecinos.
Obligaciones del arrendador:
- Entregar el inmueble en condiciones aptas para su uso.
- Realizar las reparaciones necesarias para conservar la habitabilidad y funcionalidad del inmueble.
Obligaciones del arrendatario:
- Pagar puntualmente la renta y el depósito.
- No realizar modificaciones sin autorización previa.
- Devolver el inmueble en las mismas condiciones en que fue entregado, con excepción del deterioro por uso normal.
Cláusulas adicionales:
Cualquier modificación o ampliación del presente acuerdo deberá constar por escrito y ser firmada por ambas partes.
Legislación y jurisdicción:
Este acuerdo se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos y, para cualquier controversia, las partes se someten a los Juzgados de Madrid.
Madrid, a 15 de abril de 2023
Firma del Arrendador
Firma del Arrendatario
