Aviso Legal
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Este documento es solo un ejemplo para ilustrar un contrato de traspaso de casa. Adapte la redacción a su situación específica y a los requisitos legales aplicables.
Contrato de Traspaso de Casa
Partes contratantes:
Vendedor: Juan Pérez García
DNI: 12345678A
Domicilio: Calle Libertad, nº 45, 28001 Madrid
Comprador: María López Martínez
DNI: 87654321B
Domicilio: Calle Mayor, nº 12, 28002 Madrid
Identificación de la vivienda objeto del traspaso:
Dirección: Calle Sol, nº 10, Madrid
Referencia catastral: 123456789012
Superficie: 120 m²
Estado: Casa en buen estado, lista para habitar
Finca registral nº: 56789, Tomo 101, Libro 5, Folio 25, Registro de la Propiedad de Madrid
Cargas y estado de la vivienda:
La vivienda se transfiere libre de cargas, hipotecas o gravámenes, excepto aquellas que constan expresamente: ninguna. El vendedor declara que la vivienda está al corriente en pagos de comunidad, impuestos y tasas municipales.
Precio y condiciones de pago:
Precio total: 150,000 EUR.
Forma de pago: transferencia bancaria en un pago, mediante transferencia a la cuenta ES12 3456 7890 1234 5678 9012, en el plazo de 10 días desde la firma de este contrato.
Cantidad entregada a cuenta: 15,000 EUR, en concepto de señal, que se imputará al precio total.
Entrega y transmisión de la vivienda:
La posesión de la vivienda se transferirá en el momento de la firma de la escritura pública, siendo desde entonces de plena responsabilidad del comprador.
Escritura pública y gastos asociados:
Las partes se comprometen a formalizar este traspaso en escritura pública ante notario. Los gastos de notaría, registro y sanciones serán de cargo del comprador, salvo pacto en contrario. Impuestos derivados de la transacción serán por cuenta del comprador.
Destino y limitaciones:
La vivienda se transfiere para uso residencial. Se declaran conocedores de las normativas urbanísticas y de propiedad horizontal que afecten a la comunidad de vecinos y a la vivienda.
Declaraciones del vendedor:
- Que es titular único y pleno de la vivienda y tiene facultad para traspasarla.
- Que la vivienda está libre de cargas, hipotecas o deudas pendientes.
- Que no existen obras no autorizadas o cambios ilegales en la vivienda.
Condiciones suspensivas (si las hubiere):
La validez de este contrato queda condicionada a la obtención por parte del comprador de la financiación necesaria en un plazo de 30 días.
Ley aplicable y jurisdicción:
Este contrato se rige por la legislación civil vigente. Para la resolución de cualquier controversia, las partes acuerdan someterse a los Juzgados y Tribunales de Madrid.
Firmado en Madrid, a 15 de octubre de 2023.
Firma del Vendedor (Juan Pérez García)
Firma del Comprador (María López Martínez)
