Aviso Legal
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Este ejemplo es solo una referencia. Adapte la redacción a su situación y a los requisitos legales aplicables.
Contrato de Alquiler a Cambio de Reformas
Partes contratantes:
Arrendador: Juan Pérez
DNI: 12345678A
Domicilio: Calle Mayor, 10, 28001 Madrid
Arrendatario: María López
DNI: 87654321B
Domicilio: Avenida de la Paz, 45, 28010 Madrid
Descripción del inmueble:
Dirección: Calle de las Flores, 5, Madrid
Tipo: Local comercial
Superficie: 100 m²
Referencia catastral: 1234567890123
Objeto del contrato:
El arrendatario se compromete a realizar reformas en el inmueble durante la vigencia del alquiler, a cambio de que el arrendador facilite la cesión del uso del mismo.
Duración y condiciones:
El presente contrato tendrá una vigencia de 12 meses, comenzando el 1 de mayo de 2024 y finalizando el 30 de abril de 2025. Las reformas deberán estar finalizadas antes del 1 de junio de 2024.
Compensación y obligaciones:
El arrendatario realizará reformas valoradas en 10.000 EUR. Estas reformas se considerarán como parte del pago del alquiler, siendo el primer mes de renta gratuito. El alquiler mensual será de 800 EUR, pagaderos por adelantado en los primeros cinco días de cada mes.
Entrega y estado del inmueble:
El inmueble será entregado en buen estado para la realización de las reformas, y el arrendatario se responsabiliza del mantenimiento y reparaciones menores durante la vigencia del contrato.
Gastos y responsabilidades:
Los gastos de reformas serán por cuenta del arrendatario, quien deberá presentar los permisos necesarios y respetar la normativa vigente. Las mejoras realizadas pasarán a ser propiedad del arrendador tras la finalización del contrato.
Condiciones adicionales:
- El arrendatario no podrá ceder ni subarrendar sin autorización expresa del arrendador.
- En caso de incumplimiento, el arrendador podrá finalizar el contrato y exigir la devolución del inmueble en condiciones previas a las reformas.
- El arrendatario deberá facilitar la realización de inspecciones por parte del arrendador para verificar las reformas.
Legislación y jurisdicción:
Este contrato se regirá por la normativa vigente en materia de arrendamientos urbanos. Para cualquier controversia, las partes acuerdan someterse a los Juzgados y Tribunales de Madrid.
Firmado en Madrid, a 20 de abril de 2024
Firma del Arrendador
Firma del Arrendatario
