Aviso Legal
La cesión de derechos sobre un inmueble es un acto jurídico que requiere atención cuidadosa. Este documento tiene fines meramente informativos y no reemplaza la asesoría de un profesional especializado en derecho inmobiliario. Se recomienda consultar con un abogado antes de proceder, ya que el uso de esta plantilla es de absoluta responsabilidad del usuario y no nos hacemos responsables de errores, omisiones o consecuencias derivadas de su utilización sin asesoramiento legal adecuado.
Este documento es un ejemplo ilustrativo para la cesión de derechos sobre un inmueble. Adapte la redacción a las circunstancias específicas y requisitos legales aplicables.
Modelo de Cesión de Derechos Sobre un Inmueble
Partes involucradas:
Cedente: Juan Pérez
DNI: 12345678A
Domicilio: Calle Mayor, 10, 28001, Madrid
Cesionario: María Gómez
DNI: 87654321B
Domicilio: Avenida Central, 45, 28002, Madrid
Objeto de la cesión:
Derechos sobre la finca ubicada en Término Municipal de Madrid, Paraje El Lago, Referencia catastral: 123456789012, Superficie: 1.200 m², Linderos: Norte con finca A, Sur con calle, Este con finca B, Oeste con río. Finca registral nº: 9876, Tomo 45, Libro 2, Folio 78.
Condiciones de la cesión:
El Cedente cede y transfiere al Cesionario todos los derechos que posee sobre la referida finca, libre de cargas, gravámenes o cargas anteriores, salvo los expresamente aceptados en este documento.
Valor y forma de pago:
Valor de la cesión: 15.000 EUR.
Forma de pago: transferencia bancaria a la cuenta ES00 0000 0000 0000 0000 0000 en dos pagos: 7.500 EUR al firmar este documento y 7.500 EUR en 30 días.
Entrega de derechos:
La cesión se considerará efectiva en el momento de la firma, sin necesidad de inscripción registry; sin embargo, el Cedente se encargará de realizar las gestiones registrales pertinentes si así se acuerda.
Gastos e impuestos:
Los gastos notariales y registrales serán de cargo del Cesionario. Los impuestos derivados de la transmisión serán responsabilidad del Cesionario.
Declaraciones y garantías:
- El Cedente garantiza ser el legítimo titular de los derechos cedidos.
- No existen cargas, gravámenes o reclamaciones que afecten a la finca, salvo las conocidas y aceptadas.
- La cesión se realiza en perfecto estado y sin vicios que puedan afectar su validez.
Condiciones suspensivas:
La validez de esta cesión está condicionada a la obtención por parte del Cesionario de la financiación necesaria en un plazo de 60 días.
Legislación y jurisdicción:
Este acuerdo se regirá por la legislación civil vigente. Para cualquier disputa, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid, renunciando a cualquier otro fuero.
Firmado en Madrid, a 10 de noviembre de 2023
Firma del Cedente (Juan Pérez)
Firma del Cesionario (María Gómez)
