Aviso Legal
Este documento establece los términos y condiciones bajo los cuales se realiza una relación exclusiva para la gestión de un inmueble. La aceptación de estos términos implica que el usuario comprende y consiente que la comercialización y promoción del inmueble serán realizadas únicamente por la parte designada en este acuerdo. Se recomienda revisar cuidadosamente los detalles y, en caso de duda, consultar con un profesional legal especializado en derecho inmobiliario. El uso de esta información es responsabilidad exclusiva del usuario, y no nos hacemos responsables por posibles errores, omisiones o consecuencias derivadas de su utilización sin la debida revisión profesional.
Este ejemplo es orientativo y debe adaptarse a las características específicas del acuerdo y a la normativa aplicable.
Contrato de Exclusividad Inmobiliaria
Partes involucradas:
Agencia inmobiliaria: Inmobiliaria Ejemplo S.A.
NIF: A12345678
Domicilio: Calle Ficticia, 123, Madrid, Madrid
Cliente: Juan Pérez García
DNI: 12345678Z
Domicilio: Avenida Siempreviva, 456, Madrid, Madrid
Objeto del contrato:
La agencia inmobiliaria se obliga en exclusiva a gestionar la venta o alquiler de la propiedad ubicada en la calle Falsa, número 10, Madrid, durante el plazo establecido en este contrato.
Duración y exclusividad:
La vigencia de este acuerdo será de seis meses, comenzando desde la firma del presente documento, durante los cuales el cliente no podrá contratar con otras agencias o intermediarios para la gestión de la propiedad.
Comisiones y forma de pago:
La comisión de la agencia será del 3% del precio final de venta o del 10% en caso de alquiler. La misma será abonada en el momento en que se formalice la compraventa o el contrato de alquiler.
Obligaciones del cliente:
- Facilitar toda la documentación y datos necesarios para la gestión.
- No colaborar con otras agencias durante la vigencia del contrato.
- Permitir el acceso a la propiedad para visitas y promociones.
Cláusulas adicionales:
El presente acuerdo podrá ser renovado por acuerdo mutuo de las partes, mediante extensión por escrito. Cualquier modificación deberá formalizarse por escrito.
Legislación y jurisdicción:
Este contrato se regirá por la legislación civil vigente. Para cualquier controversia, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid.
Madrid, a 10 de octubre de 2023
Firma del Cliente
Firma de la Agencia Inmobiliaria
