Contrato Alquiler Cochera Entre Particulares

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Actualizado para 2025 / 2026


Aviso Legal

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Contrato de Alquiler de Cochera Entre Particulares

Partes contratantes:

Arrendador: Juan Pérez
DNI: 12345678A
Domicilio: Calle Mayor 10, 28001 Madrid

Arrendatario: María Gómez
DNI: 87654321B
Domicilio: Calle Luna 5, 28002 Madrid

Descripción de la cochera arrendada:

Ubicación: Calle Mayor, número 10, plaza 5
Dimensiones: 12 m²
Número de plaza: 5

Condiciones del arrendamiento:

La cochera se arrienda por un período de 12 meses, desde el 1 de noviembre de 2023 hasta el 31 de octubre de 2024. El arrendatario se compromete a utilizarla exclusivamente para estacionamiento de vehículo y a no realizar actividades que puedan dañarla o alterarla.

Renta y forma de pago:

Renta mensual: 50 EUR.
Forma de pago: transferencia bancaria a la cuenta ES12 3456 7890 1234 5678 9012, durante los primeros 5 días de cada mes.
Depósito de garantía: 50 EUR, que será devuelto al finalizar el contrato si no hay daños ni incumplimientos.

Entrega y obligaciones:

La cochera será entregada en perfectas condiciones de uso, y el arrendatario se responsabiliza de mantenerla limpia y en buen estado durante la período del contrato.

Gastos y trámites:

Los gastos de suministros, si los hubiera (como electricidad o agua), correrán a cargo del arrendatario. Los gastos de notaría y registro serán asumidos por ambas partes en iguales partes, salvo acuerdo en contrario.

Limitaciones y obligaciones:

El arrendatario no podrá ceder, subarrendar ni transferir la cochera sin autorización previa y por escrito del arrendador. No podrá realizar modificaciones sin consentimiento del propietario.

Cláusulas adicionales:

  • El contrato podrá prorrogarse mediante acuerdo mutuo por períodos iguales.
  • En caso de incumplimiento, cualquiera de las partes podrá resolver el contrato notificando con un preaviso de 30 días.

Legislación y jurisdicción:

Este contrato se regirá por la legislación vigente en materia de arrendamientos urbanos. Para cualquier disputa, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid.

Madrid, a 15 de octubre de 2023

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Firma del Arrendador
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Firma del Arrendatario