Aviso Legal
Esta plantilla tiene únicamente fines informativos y no reemplaza la asesoría legal especializada. Para formalizar una aportación de vivienda mediante un acuerdo privado, se recomienda consultar con un abogado experto en derecho civil y patrimonial. El uso de este documento es responsabilidad exclusiva del usuario, y no nos hacemos responsables por errores, omisiones o consecuencias derivadas de su empleo sin la revisión adecuada por parte de un profesional.
Este ejemplo es solo una plantilla indicativa para un contrato de aportación de vivienda, adaptándolo a su situación particular y a los requisitos legales aplicables.
Modelo de Contrato Privado de Aportación de Vivienda
Partes involucradas:
Aportante: Juan Pérez García
DNI: 12345678A
Domicilio: Calle Mayor, 10, 28001 Madrid
Receptor: María López Ruiz
DNI: 87654321B
Domicilio: Calle Luna, 15, 28002 Madrid
Descripción de la vivienda objeto de aportación:
Situación: Madrid, Distrito Centro
Dirección: Calle del Sol, 5, 3º Derecha
Referencia catastral: 123456789012
Superficie: 100 m²
Datos registrales: Tomo 5000, Libro 123, Folio 45, Registro de la Propiedad nº 1 de Madrid
Condición y estado de la vivienda:
La vivienda se transmite en el estado actual, libre de cargas y gravámenes, y saldada en todos sus tributos hasta la fecha de firma del presente documento.
Valoración y aportación:
Valor de la vivienda: 150.000 EUR.
La aportación de la vivienda se realiza en concepto de cuota-participación en la comunidad familiar, sin contraprestación económica adicional.
Entrega y aceptación:
La vivienda se entregará en el momento de la firma del presente contrato, y el receptor la acepta en el estado en que actualmente se encuentra.
Declaraciones y condiciones:
- El aportante es legítimo propietario de la vivienda y tiene la capacidad legal para realizar esta aportación.
- No existen cargas, gravámenes ni obligaciones previas sobre la propiedad, salvo las que se expresan en este contrato.
- Ambas partes declaran conocer y aceptar el estado actual de la vivienda.
Condiciones suspensivas (si las hubiera):
La validez de este acuerdo queda condicionada a la aprobación por parte de las autoridades competentes o a la obtención de las certificaciones necesarias, si fuera el caso.
Legislación y competencia:
Este contrato se regirá por la legislación civil vigente. Para cualquier controversia, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid.
Madrid, a 15 de octubre de 2023
Firma del Aportante
Juan Pérez García
Firma del Receptor
María López Ruiz
